viernes, 30 de octubre de 2015

Derechos Humanos

¿Qué son los derechos humanos?

Según el la oficina del alto comisionado para los derechos humanos (sin fecha) de las naciones unidas, podemos definir a los derechos humanos o los mismo son:

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.


Según la procuraduría de los derechos humanos del Estado de Guanajuato (2012) se define como derechos humanos:

Los Derechos Humanos son todos aquellos que tenemos como personas desde que nacemos hasta que morimos. Esos derechos nos garantizan que podamos vivir, y hacerlo con dignidad y libertad. Es estado representado en las autoridades, quienes tienen la obligación de respetar, proteger y defender esos derechos.


Importancia de los derechos humanos:

De acuerdo a Nassaybay (2013) los derechos humanos poseen una utilidad objetiva y la misma es:

La importancia de conocer acerca de los Derechos Humanos se puede definir en que estos son instrumentos de protección para toda la humanidad, los cuales encierran patrones y comportamientos de conceptos a seguir, bien sea en lo individual, como en lo social, ya que enuncian deseos comunes de todas las sociedades del planeta.




Referencias:

Oficina del Alto Comisionado de los Derechos Humano. (Sin Fecha). Qué son los derechos humanos. Recuperado de http://www.ohchr.org/SP/Issues/Pages/WhatareHumanRights.aspx

Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. (2012). Los derechos humanos. Recuperado de http://www.derechoshumanosgto.org.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=5&Itemid=6

Nassaybay, S. (2013, julio 5). Children´s rights education: importancia de los derechos humanos [Mensaje en un Blog]. Recuperado de  https://saluanassabay.wordpress.com/2013/07/05/importancia-de-los-derechos-humanos/


sábado, 24 de octubre de 2015

Limitaciones de la libertad de expresión

 En el informe de de Cali, O (sin fehca) podemos apreciar las limitaciones que posee la libertad de expresión en ambos gobiernos:


Con respecto a los límites de la libertad de expresión establecidos por los textos
constitucionales, la Constitución de 1961 ha manifestado que: ¨No se permite el
anonimato. Tampoco se permitirá la propaganda de guerra, la que ofenda la moral
pública ni la que tenga por objeto provocar la desobediencia de las leyes, sin que por
esto pueda coartarse el análisis o la crítica de los preceptos legales.¨ Mientras que la
Constitución de 1999 señala que: ¨No se permite el anonimato, ni la propaganda de
guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que promuevan la intolerancia religiosa.¨

Observamos en estos dos textos que en ambos se incluye la prohibición del
anonimato y la propaganda de guerra. Con respecto a la propaganda de guerra, se trata
de una restricción legítima que ha sido reconocida suficientemente por los instrumentos
internacionales, la jurisprudencia y la doctrina. Sin embargo, el anonimato ha tenido
debates doctrinales y jurisprudenciales, pues algunos han considerado que no debe
forzarse a que una persona publique su autoría de un determinado mensaje si no lo
desea, pues esto podría tener un efecto inhibidor en la disposición de un individuo de
expresarse libremente. En este sentido, ninguna de las dos constituciones ha sido
suficientemente garantista en este aspecto y ha contravenido los estándares que se han
desarrollado en la materia.

Con respecto a la moral pública, contenida sólo en el texto constitucional de 1961
consideramos que es una restricción legítima de acuerdo con los instrumentos
internacionales de derechos humanos, pues protege los patrones de conducta
aceptados por una sociedad. Estos son los valores morales de la sociedad y protegen la
defensa de las expresiones que ofenden los sentimientos de la comunidad. Sin
embargo, las restricciones derivadas de la moral pública deben ser sancionadas con
responsabilidades ulteriores, y no debe ser considerado un límite absoluto a la libertad
de expresión. Por esa razón, el hecho de que el constitucionalista de 1999 haya quitado
esta restricción de esta lista de prohibiciones absolutas constituye un avance a la
libertad de expresión.



manera similar que con el tema de la moral pública, a pesar de que algunas
expresiones que provoquen desobediencia a las leyes deben ser prohibidas de manera
absoluta y castigadas incluso de manera penal, no todas deben caer dentro de esta
prohibición. Cada restricción a la libertad de expresión debe ser necesario para una
sociedad democrática y proporcional con el fin que persigue. De manera que en
algunos casos en los que se promueva la desobediencia a las leyes, no necesariamente
esto debe censurarse o prohibirse por completo, sino que, en caso de que exceda los
límites establecidos, deberá sancionarse con responsabilidades ulteriores. Por esta
razón aplaudimos una vez más que la Constitución de 1999 haya sacado este criterio
de la lista de prohibiciones absolutas.

Finalmente, lo que agrega la Constitución de 1999 es la prohibición de lo
relacionado con los mensajes discriminatorios, y los que promuevan la intolerancia
religiosa. Estos dos tipos de mensajes deben estar prohibidos pues violan el derecho a
la no discriminación establecido tanto por los instrumentos internacionales de derechos
humanos como por la propia Constitución.

Algunos límites que podrían haberse agregado de manera más específica al
texto constitucional de 1999 son la apología al odio nacional, racial o religioso y la
discriminación
R basada en el sexo. Adicionalmente podría haberse incluido una lista de
las restricciones objeto de sanción ulterior, en las que podrían haber estado incluidas,
entre otras: el respeto a los derechos o a la reputación de los demás; la protección de la

seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.del 2002


Referencias: 

Cali, O. (sin fecha). Libertad de expresión en constituciones de 1961 y 1999. Recuperado de ttp://www.academia.edu/1610643/Libertad_de_Expresio_n_en_Constituciones_de_1961_y_199

VÉAN ESTE VIDEO

El presidente Carlos Andrés Pérez predijo lo que sucederia en el gobierno de Hugó Chávez




Referencias:

Moreno, J. (2014, enero 28). Entrevista a Carlos Andrés Pérez 1998 [Archivo de video]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=5zvX-nrgPN8

Movimientos sociales


        
El Caracazo:

Según la página culturizando.com (2015) podemos definir El Caracazo como:

El caracazo se le conoce a los hechos ocurridos el 27 y 28 de febrero de 1989 bajo el gobierno de Carlos Andrés Pérez cuando un grupo de medidas económicas implementadas causaron una serie de protestas y disturbios en Caracas. Saqueos, incendios y muertes ocurrían cuando fuerzas de seguridad de la Policía Metropolitana (PM) y Fuerzas Armadas del Ejército y de la Guardia Nacional (GN) salieron a las calles a "controlar" la situación.


Durante El Caracazo el expresidente Carlos Andrés Pérez suspendió garantías constitucionales, de una manera democrática por el estado de anárquico de que la social experimentaba como rechazó al plan económico


Según culturizando. com (2015) las medidas económicas fueron: 

• Implementar un programa con el fin de obtener aproximadamente 4500 millones de dólares en los 3 años siguientes.

• Liberación de las tasas de interés activas y pasivas en todo el sistema financiero hasta un tope temporal fijado en alrededor del 30%.

• Eliminación de la tasa de cambio preferencial.

• Liberación de los precios de todos los productos a excepción de 18 renglones de la cesta básica.

• Incremento gradual de las tarifas de servicios públicos 

• Aumento en el precio de la gasolina.

• Aumento inicial de las tarifas del transporte público en un 30%.

• Congelación de cargos en la administración pública.
         

4F de 1992

Según Velásquez (2015) entiende por 4 de febrero o nos da su defición del 4 de febrero de 1992 como:


El 4 de febrero de 1992, un grupo de militares venezolanos, liderados por el Teniente Coronel Hugo Chávez Frías, se rebeló contra el gobierno del ex presidente Carlos Andrés Pérez. Hoy conmemoramos ese día como el Día de la Dignidad. El alzamiento y la insurrección popular ocurridas el 27 y 28 de febrero de 1989 fue el antecedente que dio origen a la rebelión militar del 4 de febrero de 1992, y ambos acontecimientos dan inicio a la Revolución Bolivariana. El 4 de Febrero de 1992 significó una esperanza para Venezuela, América Latina y el mundo, El Comandante Hugo Rafael Chávez asumió ante el país la responsabilidad de esta rebelión militar y su afirmación que "Por Ahora" no se habían logrado los objetivos, se convirtió en esperanza para quienes se sentían inconformes con el gobierno de la época.




El 11 de abril del 2002







Se habla acerca del pueblo venezolano que salió a manifestar a la calle pacíficamente pidiendo la renuncia del presidente Hugo Chávez. "Chávez pidió, desde la sede del ejecutivo, ordenó la activación del plan Ávila, protocolo militar defensivo, diseñado para enfrentar situaciones de alta peligrosidad" (Arraíz, 2007); Afortunadamente el general encargado de recibir la orden del presidente desatendió la instrucción.

Se dice que el hecho no fue un golpe de estado sino un vacío de poder, cuando Chávez abandonó la presidencial y Carmona Estanca pasó a ser presidente provisional hasta que pudo controlar la situación del país y volver a colocar a Chávez como presidente del mismo.



Referencias:

Sin autor. (2015). La nota curiosa: ¿qué fue el caracazo?. Recuperado de http://www.culturizando.com/2014/02/la-nota-curiosa-que-fue-el-caracazo.html.

Velásquez. (2015). El 4 de febrero de 1992, Bolívar, Chávez, Maduro y el "por ahora" que logró despertar de la fuerza de una nación. Recuperado de http://www.aporrea.org/actualidad/a202229.html.

Arráiz. (2007). Historia Contemporánea de Venezuela: desde 1830 hasta nuestros días. 1era edición. Caracas, Venezuela: Larense.