martes, 10 de noviembre de 2015

Círculos Bolivarianos

De acuerdo a Abreu (2013) a lo que nos referimos cuando hablamos de círculos Bolivarianos es los siguiente:

El Presidente Hugo Chávez crea oficialmente el 11 de junio de 2001 los Círculos Bolivarianos y Los primeros círculos fueron juramentados el 17 de diciembre de 2001 en un acto en la avenida Bolívar. 
Los Círculos Bolivarianos, son grupos organizados, conformados por el pueblo en un número variable que puede oscilar entre siete (07) a once (11) personas, las cuales se reúnen para discutir los problemas de su comunidad y canalizarlos a través del organismo competente, para buscar su pronta solución, basándose en lo consagrado en la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela.
Los Círculos Bolivarianos entre otras misiones, también están formados para divulgar los sueños e ideales del Libertador Simón Bolívar, así como el de su maestro Simón Rodríguez y el de Ezequiel Zamora.


Según Macuare (2013) el fundamento de los círculos bolivarianos es el siguiente:

Los Círculos Bolivarianos fijarán de manera democrática sus días de reunión, sus agendas de trabajo, el lugar de sesiones y las formalidades internas de organización a fin de ser activos y eficientes. Se debe insistir incansablemente en la necesidad imprescindible de ser bien organizados, disciplinados, eficientes, capacitados, productivos, responsables, comprometidos.


Según Macuare (2013) la orientación en la acción de los círculos se basa en las siguientes operaciones:
   Construyamos la Democracia Bolivariana.
   Desarrollemos la Economía Productiva.
   Alcancemos la Justicia Social.
   Ocupemos y Consolidemos el Territorio.
   Fortalezcamos la Soberanía y la Integración.

Los Círculos Bolivarianos atenderán las diversas políticas del Presidente Hugo Chávez Frías y del Comando Supremo Revolucionario Bolivariano, CSRB.




Referencias:

Abreu, K. (2013). Instrucción premilitar: 11 de junio del 2001 creación de los círculos bolivarianos [mensaje de un blog]. Recuperado de http://instpremilitarvnzla.blogspot.com/2013/06/11-de-junio-de-2001-creacion-de-los.html

Macuare, W. (2013). Cuaderno de instrucción premilitar [cuaderno de anotaciones]. Colegio Institutos Educacionales Asociados 

sábado, 7 de noviembre de 2015

LIBERTAD

A continuación se presentan diferentes video acerca de la libertad 

¿Qué es la libertad de expresión?

La filosofía de la libertad

La libertad de expresión e internet



Referencia:

Relatoria especial para la libertad de expresión. (2014, junio 17). Libertad de expresión e internet [Archivo de video] . Recuperado https://www.youtube.com/watch?v=YaTvcMCrcNg

CanalFlip. (2012, octubre 11). ¿Qué es la libertad de expresión? [Archivo de video]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=bFVJSJdYuRA

Mises Hispano. (2014, abril 7). La filosofía de la libertad [Archivo de video]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=GjuQQmM6xTk

Libertad de expresión durante el gobierno de Hugo Chávez

Hugo Chávez anunciando el cierre de RCTV


Últimos minutos de RCTV




De acuerdo a la guía de Venezuela (2007) lo que sucedió al suspender concesiones fue lo siguiente:


Al vencer la concesión de Radio Caracas Televisión, el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela decidió no renovarla.

El 28 de Mayo del 2007, a las 12:00 am, cesó de transmitir RCTV por el Canal 2, después de hacerlo continuament por 53 años.
El gobierno ha insistido en que se trata de una simple no-renovación de la concesión. Sin embargo, la medida ha sido interpretada por muchos como de caracter político y de venganza - una medida en contra de la libertad de expresión - que ha despertado protestas estudiantiles, y reacciones de distinto tipo tanto nacionales como internacionales.
En esta sección se recogen las noticias que giran en torno al cierre de RCTV, incluyendo algunas de las reacciones y opiniones de todos los sectores.







Referencia:

Heislersin. (2007, mayo 27). RCTV los últimos minutos 2/2 cierre de TV en Venezuela [Archivo de video]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=il-JCrfigiE

Carlchucho Ríos. (2006, diciembre 28). Chávez anunció que no renovarán concesión a RCTV [Archivo de video]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=0KYd9XRZsJE

La Guía de Venezuela. (2012). Cierre de RCTV. Recuperado de http://www.guia.com.ve/actualidad/rctv

jueves, 5 de noviembre de 2015

La libertad de expresión durante el gobierno Carlos Andrés Pérez

"Durante toda la controversia Carlos Andrés Pérez intento contener todos los movimientos violentos allanando el periódico El Nacional para poder llegar a una situación de calma" (Macuare, 2013)

Desde el punto de vista de los radicales éstos hechos fueron visto de la siguiente manera


Según Castellano (2006) cuando nos referimos a libertad de expresión hasta el 2006 y durante el gobierno de Carlos Andrés Pérez nos referimos a:


En nuestro anterior artículo, "Ley Mordaza", planteamos que durante este Gobierno no ha habido un programa, diario o un canal suspendido y mucho menos un comunicador social detenido. Sólo en la breve dictadura de Carmona, el golpista Enrique Mendoza dirigió un asalto a la Televisión del Estado, la cual fue sacada del aire por un corto período. Es importante señalar que existe un grupo de comunicadores sociales a quienes se le siguen juicios por difamación, vilipendio, corrupción; y otros delitos; no relacionados con su labor periodística.
PRIMER GOBIERNO:se suspendió por 2 días RADIO CARACAS TELEVISIÓN. Dos años después fue decomisada una edición de la revista RESUMEN, y su editor JORGE OLAVARRÍA, preso. Juicios militares se abrieron contra IRMA BARRETO y DORIS FRANCAI, a esta última por un editorial del periódico RUPTURA, acusada de instigación a la rebelión militar y condenada a varios años de prisión.
SEGUNDO GOBIERNO: En este período se estableció abiertamente la censura y fueron atropellados numerosos periodistas. Fueron suspendidas las garantías constitucionales. incluida la Libertad de Expresión.
Ediciones de las revistas ÉLITE y ZETA y después una del NACIONAL, fueron decomisadas; y fue cerrada la emisora YVKE MUNDIAL. Fue recogida la edición del DIARIO DE CARACAS, por un título de rumores de auto-golpe, y el editor del NUEVO PAÍS. RAFAEL POLEO, se autoexilió en los Estados Unidos para burlar un auto de detención. El Presidente Pérez declaró que los MEDIOS DE COMUNICACIÓN se han convertido en SECTAS POLÍTICAS, tal cual como ha sucedido hoy en día.





Referencias:

Castellano, N. (2006). Libertad de expresión en la cuarta república. Recuperado de http://www.aporrea.org/medios/a26989.html

Macuare, W. (2013). Cuaderno de historia de Venezuela [Cuaderno de anotaciones]. Colegio Institutos Educacionales Asociados


Un derecho importante para que la libertad de expresión se matenga

Derecho a la réplica y a la rectificación


Según Cali (2012) el derecho a la réplica y la rectificación es totalmente necesario para el desarrollo de una libertad de expresión correcta y una democracia próspera, el ve este derecho como:

Otra innovación de la Constitución de 1999 es que incluye el derecho de réplica
y rectificación frente a informaciones inexactas o agraviantes que afecten a las
personas.
Este derecho, el cual ha sido consagrado también en el Artículo 14 de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos, promueve el respeto al derecho al
honor y la reputación de las personas que se vean afectadas por la difusión de
informaciones inexactas o agraviantes emitidas en su perjuicio. En este sentido, cuando
en un medio de comunicación legalmente reglamentado y que se dirija al público en
general se incurra en la difusión de información falsa, inexacta o agraviante, el afectado
podrá acudir ante la persona responsable que deberá tener todo medio de comunicación y ejercer este derecho haciendo publicar una comunicación aclaratoria en
la que se explique la verdad de la información.
Es importante acotar que este derecho de rectificación es únicamente válido para
las informaciones inexactas o agraviantes y no las opiniones que puedan publicarse,
contra las cuales no existe este derecho, sino las responsabilidades ulteriores en los
casos particulares que ya hemos estudiado.

Referencias:

Cali, O. (2012). El derecho a la libertad de expresión en las constituciones venezolanas de 1961 y 1999. Recuperado de http://www.academia.edu/1610643/Libertad_de_Expresio_n_en_Constituciones_de_1961_y_1999


Diferentes puntos de vista de los gobiernos

Eduardo Galeano dando su opinión acerca del gobierno de 
Hugo Chávez



Carlos Andrés Pérez



EEUU critica a Venezuela según Hugo Chávez




Referencias:

MASUNIDOS. (2009, junio 12). Con qué moral EEUU critica la libertad de expresión en Venezuela [Archivo de video]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=Vwi8cl0Au-Q

PepitosGroup. (2008, octubre 27). ¿Como salir de Chávez? Carlos Andrés Pérez da su respuesta!.  [Archivo de video]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=OA4ocYVfX60

Galeano plp. (2014, marzo 5). Extraño dictador este Hugo Chávez [Archivo de video]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=w0XQbCJ6pAc



domingo, 1 de noviembre de 2015

La prohibición de la censura

La prohibición de la “censura”

Definición:

 "La censura implica la injerencia del Estado o sus delegaciones, para impedir el libre ejercicio de la libertad 
de expresión"(Hilda, 2009).



De acuerdo a Cali (2012) se puede hablar acerca de una prohibió en la censura en la constituciones de 1961
y 1999 y su comparación se basa en:

  Mientras que la Constitución de 1961 prohibe la ¨censura previa¨, el
constitucionalista de 1999 decidieron prohibir la censura de manera completa, ambas
Constituciones salvando por supuesto los límites a este derecho que posteriormente
menciona.
  Los principales instrumentos internacionales de derechos humanos tales como
la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Declaración de Principios de
Libertad de Expresión, en concordancia con la Constitución de 1961, han sido cónsonos
en afirmar la prohibición de la censura previa.
  Sin embargo, es un avance de la Constitución de 1999 el hecho de que no sólo
se prohiba la censura previa, sino la censura en general. De nada vale permitir que
determinado mensaje se transmita por una sola vez para después censurarlo de
manera permitida por la Constitución. La censura en este sentido no debe existir sobre
ninguna información ni opinión en ningún momento, ni antes de su difusión, ni durante,
ni después de la misma, ni en ningún momento. Queda a salvo de esto los límites y
restricciones de la libertad de expresión de acuerdo con cada caso en particular.
  Adicionalmente la Constitución de 1999 establece que ¨Se prohíbe la censura a
los funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar cuenta de los asuntos bajo
sus responsabilidades.¨ En este caso, la Constitución busca proteger también un
contenido del derecho a la libertad de expresión como lo es el acceso a la información
pública. Esta parte del derecho establece que la información que está en manos de la
administración pública debe ser transparente para todos los ciudadanos, quienes tienen
derecho de acceder a ella, con restricciones específicas, de pensar y opinar libremente
de acuerdo con esta y de difundirla libremente.
  De acuerdo con Faúndez (2004), la censura es una medida dirigida a controlar
el contenido de una obra, adoptada por las autoridades del Estado en forma previa a su
difusión, para impedir o restringir la circulación de información, ya sea porque ella no
está en sintonía con los patrones morales del sensor, o porque se considera que el
interés público hace necesario suprimirla, o por cualquier otra causa. La censura es una
sanción irreversible, pues restringe completamente la expresión.

Referencias:

Hilda. (2009). Censura previa. Recuperado de http://derecho.laguia2000.com/parte-general/censura-previa

Cali, O. (2012). Libertad de expresión en las constituciones de 1961 y 1999. Recuperado de http://www.academia.edu/1610643/Libertad_de_Expresio_n_en_Constituciones_de_1961_y_1999